IT.IC.17 Prescripciones específicas de instalaciones de calefacción y agua caliente sanitaria

17.0 Generalidades

En edificios de usos múltiples, los locales de uso no residencial dispondrán de un sistema de calefacción independiente del resto del edificio, pudiendo ser común la instalación de combustible.

17.1 Equipamiento mínimo

Toda central térmica con potencia superior a 50 kW, deberá disponer de la instrumentación necesaria para poder comprobar el cumplimiento de las exigencias en la IT.IC.04 y como mínimo del siguiente equipamiento:

17.1.1 Equipos de regulación

Se dispondrá un dispositivo que corte la entrada de combustible a la caldera cuando la temperatura de los humos exceda la máxima admitida en estas normas. Cuando la combustión se haya interrumpido por esa causa, deberá ponerse en funcionamiento una vez subsanadas las causas, mediante una acción manual.

17.1.2 Dispositivos de medida

El equipamiento mínimo de dispositivos de medida será el siguiente:

Termómetros en las canalizaciones de ida y retorno de cada una de las calderas.

17.2 Circuito de la central térmica

En calefacción, el circuito de la central térmica deberá prever un caudal de circulación mínimo por cada caldera que será el marcado por el fabricante y en cualquier caso no será menor de P/50 expresado en m3/h, siendo P la potencia de la caldera en kW.

En calderas de agua caliente la circulación mínima podrá ser asegurada por el circuito de alimentación de calor del agua caliente sanitaria, siempre que la circulación se mantenga constante con independencia de la temperatura de producción del agua caliente sanitaria.

La situación de las bombas de circulación primaria será tal que no afecte a las presiones creadas por la bomba de circulación del circuito de la calefacción.

En el caso de que existan varios generadores funcionando en paralelo, se podrá desconectar uno de ellos sin que, por ello, deban dejar de funcionar los demás.

En cualquier caso, se tomaran las medidas necesarias para que no pueda producirse en un generador aislado una sobrepresión ni aun siquiera por falsa maniobra.

Igualmente es preceptivo asegurar que el retorno no baja de una temperatura mínima que será la dada por el fabricante o las siguientes:

Contenido de azufre
Temperatura de retorno
1%
>1%
50º c
80º c

Se recomienda enclavar el quemador con un interruptor de flujo situado en el retorno de la caldera.

En el caso de utilizar intercambiadores de calor a la entrada de cada cambiador se colocara una válvula mandada por un termostato que regule la entrada de agua del circuito primario al cambiador, de acuerdo con la temperatura que exista en el fluido secundario.

Esta válvula será de regulación continua. A cada una de las salidas y entradas del cambiador se les dotara de una válvula de cierre.

El cierre de estas válvulas será eficaz.

Se recomienda que cada válvula automática disponga de un circuito en paralelo, el cual incluirá una válvula de cierre.

En el caso de una central térmica con varias calderas, además de lo indicado en la Instrucción Técnica IT.IC.16, Ia alimentación de agua se hará al colector común de retorno.

El llenado se efectuara siempre con las calderas paradas y frías.

Todas las calderas tendrán en un punto bajo una válvula de vaciado que permita asegurar que la caldera podrá quedar completamente vacía de agua.

17.3 Red de distribución

Cuando en una calefacción central la distribución bitubular se haga por columnas, se dispondrán las válvulas de corte necesarias para poder dejar sin servicio una columna e incluso poder vaciarla sin que, por ello se tenga que cortar el servicio a otras columnas.

En columnas de menos de 4 plantas se pondrán las válvulas necesarias para que no queden fuera de servicio mas de 8 radiadores.

En el caso de instalaciones de calefacción central de distribución por plantas, monutubulares o bitubulares, cada unidad de consumo deberá disponer de un dispositivo de corte y vaciado.

17.4 Superficies de calefacción

17.4.1 Generalidades

Las superficies de calefacción se colocaran de acuerdo con los planos del proyecto y con los detalles de colocación dados en este.

Antes de cada superficie de calefacción se pondrá una válvula de asiento de doble reglaje (uno de ellos no accesible a los usuarios) para regulación del circuito y del calor emitido por el elemento calefactor.

Se recomienda la instalación de un detentor a la salida de cada radiador.

Los elementos calefactores serán fácilmente desmontables, sin necesidad de desmontar parte de la red de tuberías.

Todas las válvulas de las superficies de calefacción serán fácilmente accesibles.

Cuando las superficies de calefacción estén situadas junto a un cerramiento exterior, se recomienda poner, entre la superficie de calefacción y el muro exterior, un aislamiento de un material apropiado cuya conductancia sea, como máximo de 1,5 W/m2 C.

En ningún caso se debilitara el aislamiento del cerramiento exterior por la ubicación en hornacina de la superficie de calefacción.

17.4.2 Radiadores

Los radiadores se colocaran, como mínimo, a 4 cm de la pared y a 10 cm del suelo.

En radiadores de tipo panel, la distancia a la pared podrá ser de 2.5 cm.

Si se coloca un radiador en un nicho, o se le recubre con un envolvente, se tendrá la precaución de que entre la parte superior del radiador y el techo del nicho o de la envoltura exista una distancia mínima de 5 cm, así como entre los laterales del nicho o del envolvente y el radiador. En cualquier caso deberán existir aberturas en la parte alta y baja de la envolvente como mínimo de 5 cm de altura para facilitar la convección natural.

En este caso, además, el acuerdo entre la pared del fondo y el techo se hará de forma que tienda a facilitar la salida de aire situado detrás del radiador. La envolvente del radiador permitirá el fácil acceso a llaves y purgadores.

El radiador permanecerá sensiblemente horizontal apoyado sobre todas sus patas o apoyos, cualesquiera que sean las condiciones en que funcione. No ejercerá esfuerzo alguno sobre las canalizaciones. Los radiadores de hasta 10 elementos o 50 cm de longitud tendrán dos apoyos o cuelgues, y por cada 50 cm de longitud o fracción tendrán un elemento mas de cuelgue o apoyo.

La instalación del radiador y su unión con la red de tuberías se efectuara de forma que el radiador se pueda purgar bien de aire hacia la red, sin que queden bolsas que eviten el completo llenado del radiador, o impidan la buena circulación del agua a través del mismo; en caso contrario cada radiador dispondrá de un purgador automático o manual.

17.4.3 Convectores

La distancia entre la parte inferior de los tubos de aletas del convector y la parte inferior de la abertura de entrada de aire, deberá ser de 15 cm.

Cuando los convectores vayan sujetos a la pared esta sujeción estará hecha por medio de pernos anclados a la misma, que pasaran a través de perforaciones realizadas en la chapa posterior del armazón del convector, cuando esta exista.

Si el convector va colocado en un nicho, la placa frontal tendrá cubrejuntas para cubrir la junta entre el convector y la pared.

Se evitara que circule aire entre la chapa posterior y la pared, para la cual se calafeteara o rellenara el espacio entre la chapa posterior del convector y la pared, al menos en los laterales y en la parte alta de este espacio.

17.4.4 Zócalo-radiadores

Se colocara un soporte cada 80 cm como mínimo.

La distancia mínima entre la parte inferior de las aletas de los tubos y el suelo será de 10 cm.

17.4.5 Tubos de aletas

Si los tubos de aletas se hallan próximos al suelo, la distancia mínima de las aletas al pavimento será de 15 cm.

Cuando los tubos de aletas vayan empotrados en el suelo guardaran la distancia anterior con relación al fondo de la zanja. En este caso se recomienda disponer de dos zanjas paralelas comunicadas entre si por la parte inferior del tabique que las separa. En una de ellas se situara el tubo de aletas y la otra servirá para facilitar la circulación de aire a través de aquel. Ambas zanjas irán tapadas con rejillas desmontables del mismo tipo.

17.4.6 Aerotermos

Para su colocación, además de las normas generales para los radiadores, se tendrán en cuenta las siguientes:

a) Se anclaran en las paredes o al techo de forma que su sujeción dependa únicamente de estos anclajes y no se confíe en absoluto a la rigidez que le puedan dar las tuberías. Al conectarlos a estas no se originaran esfuerzos suplementarios ni se variara la posición que tenia el unitermo anclado .

b) Las unidades se colocaran de modo que el aire caliente roce las paredes frías, sin chocar directamente contra ellas. Se recomienda colocarlos de manera que el ángulo formado por la proyección horizontal de la corriente de aire caliente y la pared fría sea de unos 30º como máximo.

c) Cuando varios unitermos se coloquen en un recinto muy espacioso deberán situarse de tal manera que la corriente de aire de cada uno coincida con la adyacente, formándose una corriente circulatoria general.

d) En los talleres grandes con cubiertas muy frías, tales como las de "diente de sierra" o en almacenes situados en el piso superior de los edificios de las fabricas, las unidades deberán colocarse de modo que la corriente circulatoria de aire producida tenga el menor recorrido posible. Se recomienda para estos casos utilizar aerotermos con toma de aire inferior.

e) Los unitermos en general no deberán montarse a alturas mayores que las indicadas en las instrucciones del fabricante. Para conseguir un funcionamiento económico, Ias unidades deberán montarse todo lo bajas que le permitan las tuberías del recinto en que se instalen, pero no tanto que la corriente del aire caliente moleste a los ocupantes del mismo. Es recomendable situar la toma de aire de retorno del aparato a unos 30 cm del suelo.

17.4.7 Paneles radiantes por tubos empotrados

Los tubos serán de acero estirado sin soldadura, cobre o material plástico homologado para este uso, con un diámetro interior mínimo de 15 mm.

Los tubos calefactores utilizados para la construcción de paneles radiantes irán con juntas soldadas, las cuales, en el caso de ser de acero, al ser ensayadas a estanquidad, serán golpeadas con un martillo.

Se recubrirán todos los tubos con mortero de cemento no agresivo (después del ensayo de estanquidad), con un espesor mínimo de 2 cm.

El cintrado de los tubos podrá hacerse en frío, cuando el radio de curvatura del cintrado sea por lo menos cinco veces el diámetro de la tubería.

Estos tubos se probaran a una presión de 3 MPa, antes de ser recubiertos.

17.4.8 Radiadores de circuito estanco

Se anclaran en paredes exteriores o dando a conductos de ventilación, a fin de poder tomar el aire necesario para la combustión y facilitar la salida de los productos de combustión.

Llevaran una válvula de seguridad y un termostato regulable para controlar la temperatura ambiente.

17.4.9 Radiadores infrarrojos

Cuando se utilicen como calefacción permanente se colocaran como mínimo a 2 m de las personas y de cualquier cuerpo combustible.

Llevaran un soporte metálico y una pantalla reflectante.

Los radiadores de gas llevaran válvula de seguridad y preferentemente dispositivo de encendido a distancia.

17.5 Instalaciones de agua caliente sanitaria (A.C.S.)

Las instalaciones de agua caliente sanitaria deberán cumplir las prescripciones especificadas en la IT.IC.04, y en su cálculo deberán observarse las exigencias expresadas en la IT.IC.05 y el nivel de aislamiento indicado en la IT.IC.19.

17.5.1 Producción instantánea:

a) Por serpentín inmerso en caldera.

Este sistema solamente podrá utilizarse para los niveles de potencia autorizado en IT.IC.04.8.2, y exclusivamente en instalaciones individuales.

Para potencias mayores de 50 kW, o en instalaciones centralizadas, podrá autorizarse su utilización, siempre que se cumplan las condiciones siguientes:

- Serán inmuebles dedicados exclusivamente a oficinas, actividades comerciales u otros servicios.

- El ACS se empleará solamente para lavabos de aseos.

- Se dará servicio de ACS nada más que mientras se dé, además, servicio de calefacción.

- Necesariamente el sistema deberá tener retorno, que acometerá a la entrada de agua fría de serpentín y no a puntos intermedios del mismo. Este retorno no funcionará durante la puesta en marcha de la instalación, sino tan sólo quince minutos antes de la entrada prevista del personal.

- Al dimensionar la caldera no se preverá potencia para la producción de ACS.

- Con el fin de mantener la temperatura de distribución especificada, el sistema estará dotado de una válvula mezcladora, termostática o similar, entre la tubería de impulsión y el retorno.

b) Por intercambiador de calor.

La utilización de este sistema como única producción de ACS, sólo está permitida para los mismos casos que en el epígrafe anterior.

En viviendas, residencias, hoteles, etc., podrá utilizarse este sistema necesariamente en combinación con un sistema de acumulación con depósitos de capacidad adecuada para dos horas de tiempo mínimo de preparación.

c) Por calentamiento directo por acción de la llama.

Este sistema sólo podrá utilizarse en instalaciones individuales, siempre que su rendimiento sea superior al 80 por 100 sobre el PCI.

Estarán construidos con materiales inatacables por la llama y el agua caliente. Deberán disponer de un sistema de regulación por mezcla, al menos, en el lugar de utilización, siempre que la distancia del productor al consumidor no supere los 12 metros, siendo la tubería de cobre u otro material que se justifique no sea atacado en las condiciones de trabajo.

d) Por calentamiento de mezcla.

Está expresamente prohibida la utilización de sistema de producción de ACS por mezcla de vapor y agua.

La utilización de sistemas de mezcla agua/agua podrá aplicarse en aquellos casos en los que la temperatura de producción sea superior a la de distribución. En este caso, el sistema estará dotado de una válvula mezcladora, termostática o similar. Se recomienda colocar un depósito compensador de inercia térmica entre la sonda térmica y la válvula, con el fin de evitar variaciones de temperatura en la red superiores a 2ºC, en un tiempo superior a dos minutos entre la máxima y la mínima.

En instalaciones individuales, por ejemplo, con termos eléctricos, la mezcla deberá realizarse, al menos, en el grifo, siendo preferible adoptar sistemas de regulación progresiva con grupo de un solo mando. Preferentemente se instalará, además, un mezclador de agua termostático y no regulable.

Cuando la temperatura de acumulación sobrepasa 58ºC, lo que no será admisible más que en termos eléctricos individuales o acumulables individuales por vivienda adecuadamente protegidos, la mezcla se hará a la salida del acumulador.

En todos los casos deberán disponer de válvulas de retención, tanto en el agua caliente como en la fría.

17.5.2 Sistema de acumulación:

a) Acumulador inmerso en caldera.

Queda prohibido para potencias de calderas superiores a 50 kW, de acuerdo con IT.IC.04.8.2.

b) Sistemas de doble pared o serpentín.

Cuando estén incorporados al cuerpo de caldera tendrán las mismas limitaciones señaladas en IT.IC.04.8.2, pues serán grupos térmicos mixtos.

Cuando se utilice en sistemas que no estando incorporado al cuerpo de caldera están formando con ésta un conjunto monobloc con apariencia de un solo equipo, la regulación de la temperatura de ACS se hará por válvula de tres vías en la alimentación de calor o por termostato que pare la bomba de alimentación de caldera a producción de ACS, teniendo las mismas limitaciones de temperatura de acumulación y distribución que se indica en IT.IC.04. 8.2.

Se recomienda para un mayor ahorro de energía utilizar como sistema de regulación un termostato colocado a la salida del acumulador que pare la bomba de circulación entre caldera y serpentín (o doble pared). Cuando el retorno sea sobre la acometida de agua fría, tanto ésta como el retorno dispondrán de válvula antirretorno.

Los dispositivos de acumulación deberán aislar térmicamente según exige la IT.IC.l9. Estarán equipados de válvulas de seguridad y termómetro.

c) Calentamiento directo por acción de la llama.

Queda prohibido el calentamiento del agua sanitaria haciendo pasar ésta por calderas de calefacción de hierro fundido o chapa de acero.

Los sistemas de calentamiento directos deben estar construidos de forma que todos los puntos bañados por ACS sean de materia no atacable por el agua de la red. Deberán tener acceso para la limpieza de lodos e incrustaciones.

No se permitirán aparatos de este tipo de más de 30 kW. Tendrán un sistema de regulación capaz de garantizar la temperatura máxima de 58ºC. La combustión tendrá un rendimiento mínimo del 75 por 100, salvo para aparatos de menos de 10 kW, donde se admitirá un rendimiento mínimo del 70 por 100.

17.5.3 Retorno.

Con el fin de reducir el consumo de energía, el retorno de las instalaciones de ACS estará dispuesto de tal forma que permita reducir al máximo el tiempo transcurrido entre la apertura del grifo y la llegada al mismo del agua caliente. Deberá calcularse de acuerdo con lo establecido en la IT.IC.05.

Deberá existir una válvula de retención que impida la circulación de caudales en sentido contrario.

Las tuberías de retorno deberán ir aisladas según indica la IT.IC.l9.

17.5.4 Red de distribución.

La red de distribución deberá diseñarse de forma que el contenido de agua en la tubería desde el contador al punto de utilización más alejado sea el menor posible.

No es recomendable la centralización de los contadores de agua caliente.

17.5.5 Grupos de elevación de agua sanitaria.

Las bombas entrarán en funcionamiento y pararán automáticamente en cascada, incluida la eventual bomba de reserva.

- Para demandas máximas instantáneas de la instalación iguales o inferiores a 5 dm3 /s es obligatorio el uso de una membrana separadora entre el agua y el gas de presurización.

- Para demandas máximas instantáneas superiores a 5 dm3/s se recomienda el uso de una membrana separadora entre el agua y el gas de presurización, así como la utilización del caudal viable.