1. OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE INSTALADOR AUTORIZADO.
2. INSTALACIONES QUE PUEDEN DIRIGIR LOS INSTALADORES AUTORIZADOS SIN TÍTULO FACULTATIVO
1. OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE INSTALADOR AUTORIZADO
Para la obtención del título de Instalador Autorizado concedido por una Delegación Provincial del Ministerio de Industria, se deberán reunir los siguientes requisitos:
Los titulados con atribuciones específicas concedidas por el Estado, podrán obtener el título de Instalador Autorizado sin tener que cumplir el requisito b) anteriormente señalado.
Los actuales instaladores autorizados seguirán siéndolo después de la entrada en vigor del presente Reglamento, siempre que no se les retirara la autorización por sanción u otras causas.
Las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Industria podrán conceder el título de Instalador Autorizado a los instaladores que actualmente ejerzan esta profesión sin el hasta ahora vigente carnet de Instalador Autorizado y sin cumplir el requisito señalado en el apartado a), siempre que cumplan los requisitos señalados en los apartados b) y c). Esta especial condición tendrá vigencia hasta un año después de la fecha de publicación del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión en el << B.O.E.>>.
Para la concesión a Entidades del título de Instaladores autorizados, deberán éstas contar como mínimo con una persona en posesión del título de Instalador autorizado o estar dirigidas, en su aspecto técnico, por personas cuyo título oficial les habilite para la realización de las actividades a que se refiere el punto 2 de la presente instrucción.
Los instaladores autorizados, tanto por lo que se refiere a personas como Entidades, estarán inscritos en un libro registro que llevará la Delegación Provincial correspondiente del Ministerio de Industria, que les expedirá el correspondiente título y que les autoriza a dirigir y realizar la instalaciones que el presente Reglamento determina. Este título tendrá un año de validez y deberá renovarse antes de la fecha de su caducidad en la Delegación Provincial del Ministerio de Industria donde ejerce su actividad el Instalador Autorizado.
Si un Instalador Autorizado por una Delegación Provincial del Ministerio de Industria precisa realizar algún montaje en ámbito jurisdiccional de otra Delegación, deberá previamente registrar su título en esta última.
2. INSTALACIONES QUE PUEDEN DIRIGIR LOS INSTALADORES AUTORIZADOS SIN TÍTULO FACULTATIVO
Pueden ser realizadas, bajo la dirección de un Instalador Autorizado, las siguientes instalaciones:
c) Las de edificios destinados principalmente a viviendas, a locales comerciales o de oficinas, cuando la potencia prevista para estos edificios no sea superior a 50 kilovatios.
Las tensiones con relación a tierra no tendrán
en las instalaciones indicadas anteriormente, valores superiores
a 250 voltios.