1.8 Aparatos para soldadura eléctrica por arco.
1.APARATOS DE CALDEO
1.1 Condiciones generales de instalación
Los aparatos de caldeo se instalarán de manera que no
puedan inflamar las materias combustibles circundantes, aun en
el caso de empleo negligente o defectos previsibles en el aparato.
Los aparatos de caldeo industrial destinados a estar en contacto
con materiales combustibles o inflamables y que en uso normal
no estén bajo la vigilancia de un operario, estarán
provistos de un limitador de temperatura peligrosa.
1.2 Aparatos de agua caliente y vapor en los que el circuito
eléctrico está aislado del agua
Todo aparato productor de agua caliente o vapor estará
provisto de un termostato que regule la temperatura en el fluido;
los que sean de acumulación dispondrán, además
de un limitador de temperatura cuyo funcionamiento independiente
del termostato, interrumpa la corriente en el circuito eléctrico
cuando la temperatura en el agua o en el recipiente que la contiene,
alcance un valor sensiblemente superior a la del funcionamiento
del termostato.
1.3 Calentadores de agua en los que ésta forma parte
del circuito eléctrico
Los calentadores de agua, en los que ésta forma parte
del circuito eléctrico, no serán utilizados en instalaciones
para uso doméstico y, en general, cuando hayan de ser utilizados
por personal no especializado.
Para la instalación de estos aparatos, se tendrá
en cuenta las siguientes prescripciones:
a) Estos aparatos se alimentarán solamente con corriente
alterna a frecuencias iguales o superiores a 50 hertzios.
b) La alimentación estará controlada por medio de
un interruptor automático construido e instalado de acuerdo
con las siguientes condiciones:
- Será de corte omnipolar simultáneo.
- Estará provisto de dispositivos de protección
contra sobrecargas en cada conductor que conecte con un electrodo.
- Estará provisto de manera que pueda ser accionado fácilmente
desde el mismo emplazamiento donde se instale, bien directamente
o bien por medio de un dispositivo de mando a distancia. En este
caso de instalarán lámparas de señalización
que indiquen la posición de abierto o cerrado del interruptor.
c) La cuba o caldera metálica será puesta a tierra
y, a la vez, será conectado a la cubierta y armadura metálica,
si existen, del cable de alimentación. La capacidad nominal
del conductor de puesta a tierra de la cuba, no será inferior
a la del conductor mayor de alimentación, con una sección
mínima de 4 milímetros cuadrados.
d) Según el tipo de aparato se satisfarán, además,
los requisitos siguientes:
- Si los electrodos están directamente a una instalación
a mas de 440 voltios, debe ser instalado un interruptor diferencial
que desconecte la alimentación a los electrodos cuando
se produzca una corriente de fuga a tierra superior al 10 por
100 de la intensidad nominal de la caldera en condiciones normales
de funcionamiento. Podrá admitirse hasta un 15 por 100
en dicho valor si en algún caso fuera necesario para asegurar
la estabilidad del funcionamiento de la misma. El dispositivo
mencionado debe actuar con retardo para evitar su funcionamiento
innecesario en el caso de un desequilibrio de corta duración.
- Si los electrodos están conectados a una alimentación
con tensiones de 50 a 440 voltios, la cuba de la caldera estará
conectada al neutro de la alimentación y a tierra. La capacidad
nominal del conductor neutro no debe ser inferior a la del mayor
conductor de alimentación.
1.4 Calentadores provistos de elementos de caldeo desnudos
sumergidos en el agua
Queda prohibido el empleo para usos domésticos
de aparatos provistos de elementos de caldeo desnudos sumergidos
en agua. Se admiten en instalaciones industriales siempre que
no pueda existir una diferencia de potencial superior a 24 voltios
entre el agua caliente de salida o partes metálicas accesibles
en contacto con ella y los elementos conductores situados en su
proximidad, que no conste que estén aislados de tierra.
1.5 Aparatos de caldeo por aire caliente
Los aparatos de caldeo por aire caliente estarán construidos
de manera que su elemento de caldeo sólo pueda ponerse
en servicio después de hacerlo el ventilador correspondiente
y cese aquél cuando el ventilador deje de actuar. Los aparatos
fijos llevarán, además, dos limitadores de temperatura,
independientes entre sí, que impidan una elevación
excesiva de ésta en los conductores de aire.
1.6 Conductores de caldeo
Para la instalación de cables de caldeo se tendrá
en cuenta las siguientes prescripciones:
- La tensión de servicio no sobrepasará 250 voltios
con relación a tierra.
- La instalación estará protegida de tal manera
que en caso de avería todos los conductores de fase o polares
queden desconectados simultáneamente.
- Los cables de caldeo solamente podrán estar alojados,
en su caso, en tubos protectores incombustibles y a razón
de un solo cable por tubo.
- Las partes termógenas de los conductores de caldeo, así
como sus eventuales tubos protectores y cajas de conexión,
distarán, como mínimo, 4 centímetros de las
partes combustibles de edificios, excepto que éstos estén
revestidos de material incombustible y calorífugo.
- En el paso de partes combustibles de edificios, los conductores
estarán alojados en tubos protectores incombustibles de
un diámetro interior suficiente para evitar toda acumulación
peligrosa de calor.
- Los conductores enterrados en el suelo estarán protegidos
contra la corrosión y contra todo deterioro mecánico,
en particular contra los que puedan provenir de útiles
agrícolas.
- Las envolventes conductoras de los cables, cuando existan, estarán
unidas eficazmente, en sus extremos, al conductor de protección
de la instalación.
1.7 Cocinas y hornillos
Las cocinas y hornillos serán conectados a su fuente de
alimentación por medio de interruptores de corte omnipolar,
tomas de corriente u otro dispositivo de igual característica
destinados únicamente a los mismos.
Cada elemento individual de caldeo que forme parte de una misma
cocina u hornillo, será controlado por un interruptor omnipolar
que indicará las diferentes posiciones del mismo respecto
al calor proporcionado por el elemento. Este interruptor será
distinto del dispositivo de conexión indicado en el párrafo
anterior.
1.8 Aparato para soldadura eléctrica por arco
Los aparatos destinados a la soldadura eléctrica
cumplirán en su instalación y utilización
las siguientes prescripciones:
a) Las masas de estos aparatos estarán puestas a tierra.
Será admisible la conexión de uno de los polos
del circuito de sondeo a estas masas, cuando, por su puesta a
tierra, no se provoquen corrientes vagabundas de intensidad peligrosa.
En caso contrario, el circuito de soldeo estará puesto
a tierra únicamente en el lugar de trabajo.
b) Los bornes de conexión para los circuitos de alimentación
de los aparatos manuales de soldar estarán cuidadosamente
aislados.
c) Cuando existan en los aparatos ranuras de ventilación
estarán dispuestas de forma que no se pueda alcanzar partes
bajo tensión interiores.
d) Cada aparato llevará incorporado un interruptor de corte
omnipolar que interrumpa el circuito de alimentación, así
como un dispositivo de protección contra sobrecargas, regulado,
como máximo, al 200 por 100 de la intensidad nominal de
su alimentación, excepto en aquellos casos en que los conductores
de este circuito estén protegidos por un dispositivo igualmente
contra sobrecargas, regulado a la misma intensidad.
e) Las superficies exteriores de los portaelectrodos a mano, y
en todo lo posible sus mandíbulas, estarán completamente
aisladas.
Estos portaelectrodos estarán provistos de discos o pantallas
que protejan la mano de los operarios contra el calor proporcionado
por los arcos.
f) Las personas que utilicen estos aparatos recibirán las
consignas apropiadas para:
- Hacer inaccesibles las partes bajo tensión de los portaelectrodos
cuando no sean utilizados.
- Evitar que los portaelectrodos entren en contacto con objetos
metálicos.
- Unir al conductor de retorno del circuito de soldeo las piezas
metálicas que se encuentren en su proximidad inmediata.
Cuando los trabajos de soldadura se efectúen en locales
muy conductores, se recomienda la utilización de pequeñas
tensiones. En otro caso, la tensión en vacío entre
el electrodo y la pieza a soldar, no será superior a 90
voltios, valor eficaz para corriente alterna, y 150 voltios en
corriente continua.