5.0 PREAMBULO
En el suministro de agua por aforo, debe asegurarse
al abonado un volumen determinado de agua al día, mediante
un caudal continuo de valor constante, regulado por un dispositivo
llamado "llave de aforo" que debe ser de sistema y modelo
aprobado por el Estado.
Esta forma de suministro, corriente hasta
que se generalizó el uso del contador de agua, subsiste,
sin embargo, en algunos lugares, debido, directa o indirectamente,
a consideraciones de orden económico, que retrasan su desaparición.
5.1 DEFINICIONES
"Ramal" es el conjunto de tubería
y válvulas que enlazan la red pública con la instalación
interior del edificio, junto al muro de la fachada.
"Llave de aforo" es el dispositivo
que permite regular la cuantía del caudal continuo de agua
que se suministra al abonado, así como su fácil
medición y modificación en caso necesario.
"Montante o tubo ascendente" es
la tubería que une la llave de aforo con el depósito
de reserva del abonado.
"Tubo de alimentación" es
la tubería de la instalación interior que enlaza
el ramal con la batería de aforos, en caso de existir esta.
"Batería de aforos" es el
elemento que permite reunir a varias llaves de aforo para las
tomas correspondientes a cada uno de los abonados.
"Deposito de reserva" es el recipiente
que permite la acumulación del agua correspondiente a la
instalación de cada abonado.
5.2 MATERIALES
Todos los elementos de la instalación
estaránn fabricados con materiales que no modifiquen las
características de calidad y potabilidad del agua.
5.3 RAMAL
El ramal será instalado por el suministrador
y se ajustara como mínimo a las dimensiones del cuadro
siguiente, según sea la capacidad total de los aforos contratados:
5.4 LLAVE DE AFORO
5.4.1 El aforo propiamente dicho estará
constituido por una pieza fácilmente intercambiable, llamada
"medidor", en la que existirá un orificio calibrado.
5.4.1.1 El medidor será de un
material suficientemente duro para que sea mínimo el desgaste
del agujero calibrado producido con el tiempo por el paso de agua.
Dicho desgaste puede permitir, como máximo, un aumento
del 1 por 100 del caudal medido bajo una misma diferencia de presión,
al cabo de sesenta días de funcionamiento continuo.
5.4.1.2 La forma del medido, así
como su situación respecto al sentido de circulación
del agua , será tal que las posibilidades de obstrucción
del agujero por alguna impureza del agua sean mínimas.
5.4.1.3. Las dimensiones del medidor
serán únicas, variando para los distintos caudales
solamente el calibre del orificio.
5.4.1.4. Deberá asegurarse la
estanquidad absoluta entre el medidor y su asiento.
5.4.2. La cámara de alojamiento
del medidor estará intercalada entre dos válvulas
que permitirán cambiarlo estando el ramal de alimentación
en presión normal y sin que se vacíe el tubo ascendente
o montante.
5.4.3 La cámara de alojamiento
del medidor y las dos válvulas mencionadas formarán
un sólo cuerpo, constituyendo la "llave de aforo".
5.4.4. Entre el medidor y la válvula
del lado abonado se deberá poder conectar fácilmente
un dispositivo que permita comprobar el caudal suministrado, sin
desplazarse del lugar donde está instalada la llave de
aforo, aunque teniendo en cuenta la contrapresión normal
del tubo ascendente o montante lleno.
5.4.5 Tanto las válvulas como
las piezas que permitan el acceso al medidor dispondrán
de los elementos precisos para que el suministrador pueda precintarlas
fácilmente.
5.4.6 La llave de aforo estará
situada en una arqueta de dimensiones adecuadas., impermeabilizada
y fácilmente accesible para el personal del suministrador.
5.4.7 En el caso de existir más
de una llave de aforo para un mismos inmueble deberán conectarse
a una batería de aforos.
5.5 TUBERIA ASCENDENTE O MONTANTE.
5.5.1. El tubo que constituye el montante
describirá en su trayecto el mínimo de curvas imprescindibles.
5.5.2. En el punto más bajo
del tubo ascendente o montante se dispondrá un tapón
roscado que permita el vaciado completo del tubo.
5.5.3. El tubo ascendente o montante
no podrá tener ninguna derivación en toda su longitud,
bajo ningún concepto.
5.5.4. El diámetro interior
del tubo ascendente o montante será uniforme en toda su
longitud.
5.5.5. En el caso de que el tubo ascendente
deba atravesar algún muro se dispondrá de manera
que el tubo quede independiente de la obra.
5.5.6. El tubo ascendente o montante
estará convenientemente protegido para que nos e produzca
condensación en su pared exterior y se evite la congelación
del agua en su interior.
5.5.7. Dimensiones mínimas del
tubo ascendente o montante.
El tubo que constituye el montante se ajustará,
como mínimo al cuadro siguiente:
5.6 BATERÍA DE AFOROS.
El suministro a varios abonados de un mismo
inmueble se podrá hacer, previa autorización de
la Delegación Provincial del Ministerio de Industria, mediante
batería de aforos y tubos ascendentes o montantes independientes.
La batería de aforos deberá cumplir las disposiciones
siguientes:
5.6.1. La batería de aforos
dispondrá de los elementos necesarios para que sea sencilla
la conexión de las llaves de aforo.
5.6.2. En la instalación existirá
una válvula que permita cerrar el agua que alimenta la
batería.
5.6.3. La situación de las llaves
de aforo, una vez instaladas en la batería, así
como la forma de ésta, permitirán la comprobación,
en forma que se dice en 5.4.4. de cada uno de los aforos sin interferir
el normal funcionamiento del resto.
5.6.4. La pérdida de carga a
lo largo de toda la batería será despreciable respecto
a al de cada una de las llaves de aforo.
5.6.5. La batería de aforo se
situará en la planta baja del inmueble, en una cámara
fácilmente accesible para el personal del suministrador.
Será de dimensiones adecuadas para que se pueda proceder
cómodamente a la comprobación de cada un o de los
aforos, estar convenientemente protegida de la intemperie y dispondrá
del desagüe de solera adecuado, así como de alumbrado.
5.6.6. El
tubo de alimentación que enlaza el ramal con la batería
de aforos deberá ser de un material apropiado y adecuadamente
protegido en todo su trayecto para impedir cualquier toma clandestina.
Tendrá, como mínimo, las dimensiones siguientes:
5.7 DEPOSITOS DE RESERVA
5.7.1 En la construcción de
los depósitos para reserva de agua no se empleará
material que sea absorbente o poroso.
Los depósitos se dispondrán
de forma que sea fácil su limpieza periódica.
5.7.2 Aunque el nivel del agua debe
estar en comunicación con la atmósfera, el depósito
será cerrado y se garantizara la estanquidad de las piezas
y empalmes que están unidos a él.
5.7.3 El tubo de alimentación
verterá libremente y como mínimo 40 mm por encima
del borde superior del rebosadero.
5.7.4. El rebosadero del depósito
estará convenientemente conducido a un desagüe apropiado,
de manera que el extremo inferior de dicha conducción vierta
libremente a 40 mm por encima del borde superior del elemento
que recoja el agua.
El trazado del tubo de rebosadero será
lo mas directo posible, debiéndose evitar los puntos altos
que puedan interrumpir el desagüe por acumulación
de aire.
El diámetro del tubo del rebosadero
será como mínimo el doble del tubo de alimentación
del deposito.
5.7.5 El punto inferior del orificio
de salida estará como mínimo 50 mm por encima del
fondo del depósito.
5.7.6 En la parte más baja del
depósito se dispondrá un desagüe de fondo.
5.7.7 Para mas de 500 litros de capacidad
se instalaran dos depósitos en paralelo de capacidad mitad,
conectados entre si por su parte baja y de manera que la entrada
y salida del agua se efectúe en depósitos distintos.
Cada uno de los depósitos dispondrá
de rebosadero.
5.7.8 La
capacidad de reserva no será menor que las dos terceras
partes de la dotación diaria del aforo ni mayor que el
doble de la misma.
En ningún caso será inferior
a 200 litros.
5.7.9 Los depósitos estarán
situados en la parte alta del inmueble y de manera que la altura
del fondo sobre el grifo más elevado sea como mínimo
de 3 metros.
5.8 SOBREELEVACIÓN.
Cuando la presión disponible en el
ramal no exceda el nivel del agua en los depósitos de reserva
por lo menos en 10 metros en el caso de la red de distribución
mixta (aforos y contadores o en 5 metros en el caso de existir
solo aforos, deberá ser instalado un sistema de sobreelevación.
En tal caso, el suministrador entregará
necesariamente el agua mediante un aforo general para todo el
inmueble, debiendo el propietario hacer la división del
caudal total mediante una batería de aforos. El aforo con
sobreelevación precisa de un depósito auxiliar y
de una bomba de sobreelevación como elementos adicionales.
El depósito auxiliar puede ser abierto o cerrado, denominándose
en este ultimo caso depósito a presión. En ambos
casos debe constituir una unidad independiente de la estructura
del inmueble.
5.8.1 El depósito auxiliar recibe
el caudal de la llave de aforo y alimenta la aspiración
de la bomba con el agua acumulada durante el intervalo de paro.
Su capacidad queda fijada en la tabla correspondiente.
5.8.2 La bomba de sobreelevación
debe ser capaz de elevar como mínimo un caudal igual al
que resulta de multiplicar el caudal nominal del aforo por 1.5
a una altura de 10 metros por encima del nivel de los depósitos
de los abonados.
5.8.3 Ambos elementos deberán
ser ubicados en una cámara dotada con luz eléctrica
y desagüe directo a la alcantarilla.
5.8.4 Se establecerá un retorno
variable y se regulará de manera que el intervalo de tiempo
entre dos paradas sucesivas de la bomba esté comprendido
entre cuatro y cinco horas.
5.8.5 Sobreelevación con depósito
abierto.
5.8.5.1 El depósito auxiliar
debe estar provisto de una tapa que le aísle del exterior,
impidiendo la entrada de polvo, pero que permita mantener la presión
interior igual a la atmosférica.
5.8.5.2 Se
entiende por volumen útil del depósito auxiliar
el determinado por la diferencia entre los niveles de agua máximo
y mínimo que determinen el paro y la puesta en marcha de
la bomba.
Dicho volumen queda fijado por la siguiente
tabla:
5.8.6 Sobreelevación
con depósito cerrado (a presión).
5.8.6.1 El depósito auxiliar
debe ser completamente estanco para impedir cualquier fuga de
aire y mantener la presión interior.
5.8.6.2. La puesta en marcha de la
bomba debe producirse cuando la presión interior del depósito
sea máxima e igual a la de la red multiplicada por 0,7.
El paro de la bomba debe producirse cuando
la presión interior del depósito se mínima
e igual a la de la red multiplicada por 0,3.
5.8.6.3. La presión de la red
será un dato facilitado por el suministrador.
5.8.6.4 El depósito auxiliar
estará dotado de una llave que permitirá su total
vaciado y de un nivel que permita observar la cantidad de agua
contenida en él. La operación de vaciado deberá
realizarse, periódicamente, cada seis meses, o antes si
se observase una aumento notable del nivel de agua en los instantes
de paro y puesta en marcha de la bomba.
5.8.6.5. El caudal suministrado por
el aforo general medido bajo las condiciones de presión
mínima (esto es, 0.3 veces la presión de la red)
será un 15 por 100 mayor que el caudal nominal del aforo.
5.8.6.6. Se entiende por volumen total
del deposito auxiliar la suma de los volúmenes ocupados
por el aire y el agua que contiene dicho recipiente.
Dicho volumen queda fijado por la siguiente
tabla:
Este volumen puede ser reducido aproximadamente
a su mitas, manteniendo las presiones que se indican en 5.8.6.2.
mediante un compresor de aire.