3.0 PREAMBULO
El agua que se emplea para la refrigeración
o acondicionamiento del aire tiene como finalidad absorber calor,
por lo cual se eleva su temperatura unos pocos grados.
No es lógico el verter esta agua al
alcantarillado y desaprovechar unos caudales considerables de
agua potable que se ha empleado únicamente para absorber
cierta cantidad de calor, cuando en la actualidad la mayoría
de los estados, organismos y empresas dedicadas al suministro
de agua están cada vez más preocupados por la escasez
de agua que se empieza a sentir en todo el mundo.
Por otra parte, el consumo de agua para estos
fines es tantas veces superior al que corresponde a los usos corrientes
que, aun disponiendo de la necesaria, las instalaciones de distribución
de agua deberían sufrir un cambio total para hacer frente
a esta demanda extraordinaria.
Teniendo en cuenta que es posible reducir
este consumo de agua en un 75 por 100, mediante el empleo de sistemas
de recirculación del agua, en los que esta actúa
solamente de fluido intermedio para disipar el calor en la atmósfera,
en cuyo caso solo es necesario reponer las perdidas que tenga
el sistema, lógicamente debe procederse aun uso racional
del agua.
3.1 DEFINICIONES
3.1.1 "Sistema de refrigeración"
es una instalación para el mantenimiento, por eliminación
de calor, de temperaturas de 15ºC o inferiores.
3.1.2. "Sistemas de aire acondicionado",
es una instalación para el mantenimiento, por eliminación
del calor, de temperaturas superiores a los 15ºC.
3.1.3 "Suministrador" significa
la Empresa u organismos de quien depende la distribución
y suministro de agua.
3.1.4. "Válvula de regulación
automática" significa una válvula autorregulable
u otro dispositivo, cuya función sea limitar el consumo
máximo de agua en las unidades que carezcan de instalación
de recirculación. Se establece este limite en 0.1 litros
por frigoría.
3.1.5 "Instalación de recirculación"
un condensador de evaporización, torre de refrigeración
de agua, pulverizador, economizador o aparato similar, mediante
el cual no se consumirá agua de la red en cantidad superior
al 25 por 100 de la cantidad que normalmente se utilizaría
sin tal equipo, incluyendo este porcentaje la purga y limpieza
de este.
3.2 PETICIÓN DE SUMINITRO.
3.2.1 La solicitud de suministro de
agua para instalar un equipo de refrigeración o aire acondicionado
en cualquier edificio, deberá ser formulada antes de su
instalación a la Delegación Provincial del Ministerio
de Industria, indicando las características técnicas
del mismo, en especial la capacidad térmica en frigorias-hora
y la potencia absorbida en kilovatios, así como los caudales
de agua necesarios.
3.2.2 La aceptación del suministro
para refrigeración o acondicionamiento de aire estará
condicionada a que las instalaciones distribuidoras existentes
tengan capacidad suficiente para ello.
En caso contrario, previamente a la formalización
del suministro, deberán ser sustituidas las instalaciones
existentes por las adecuadas en evitación de los perjuicios
que, de otro modo, se ocasionarían a los usuarios.
3.2.3 Cuando las necesidades preferentes
de agua en el orden general estén aseguradas, situación
que, en caso necesario definirá la Delegación Provincial
del Ministerio de Industria, el suministrador vendrá obligado
a aceptar el suministro, siempre que las instalaciones se ajusten
a las presentes normas.
3.3 NORMAS GENERALES
3.3.1 Cada conexión directa a una unidad
de acondicionamiento de aire o refrigeración que utilice
agua de la red pública deberá equiparse con una
válvula de retención a no mas de 0.60 metros de
la entrada del aparato.
3.3.2 Cada unidad que contenga más
de nueve kilogramos de refrigerante estará provista de
una válvula de seguridad instalada entre la válvula
de retención y el aparato. Esta válvula se regulara
a cuatro metros de columna de agua por encima de la presión
máxima del agua en el punto de instalación.
3.3.3. El
agua residual procedente de todos los aparatos que tengan conexión
directa a la red publica verterá a un receptáculo
y el extremo del tubo de descarga se colocará por lo menos
20 milímetros por encima del borde del receptáculo.
3.3.4 Siempre que sea posible se preferirá
la conexión no directa en cuyo caso no serán de
aplicación los apartados 3.3.1. y 3.3.2. y el tubo de alimentación
del agua deberá verter, por lo menos, 20 milímetros
por encima del nivel máximo del aliviadero del depósito
que reciba el agua.
3.3.5. Cuando se utilice una instalación
de recirculación, la conexión no puede ser directa
y el tubo de alimentación del agua deberá verter,
por lo menos, 20 milímetros por encima del nivel máximo
del aliviadero del depósito que reciba el agua.
3.3.6 Cuando el sistema exceda de las
3.000 frigorias por hora, el suministro requerirá un contrato
especifico para esta finalidad y deberá medirse por contador
independiente del suministro para las otras finalidades.
3.4 REFRIGERACIÓN
3.4.1 Todos los sistemas de refrigeración
que utilicen agua de la red pública, en cualquier local,
y que tengan una capacidad total inferior a 18.000 frigorias por
hora, si no poseen instalación de recirculación,
deberán estar provistos de una válvula de regulación
automática en cada unidad del sistema.
3.4.2 Todos los sistemas de refrigeración
que utilicen agua del la red pública , en cualquier local,
y tengan una capacidad total igual o superior a 18.000 frigorias
por hora, deberán equiparse con una instalación
de recirculación.
3.5 ACONDICIONAMIENTO DE AIRE.
3.5.1 Todos los sistemas de aire acondicionado
que utilicen agua de la red pública, en cualquier local,
y tengan una capacidad total inferior a 6.000 frigorias por hora,
si no poseen instalación de recirculación, deberán
estar provistos de una válvula de regulación automática
en cada unidad del sistema.
3.5.2 Todos los sistemas de aire acondicionado
que utilicen agua de la red pública, en cualquier local,
y tengan una capacidad total igual o superior a 6.000 frigorias
por hora, deberán equiparse con una instalación
de recirculación.
3.6 INSPECCIÓN
Con independencia de las inspecciones que
puedan realizar los Servicios Técnicos De las Delegaciones
Provinciales del Ministerio de Industria, el personal del suministrado,
previa su identificación, podrá en cualquier caso,
tener acceso a todas las partes de la instalación para
hacer las comprobaciones que crea oportunas.