A tal efecto, las empresas proveerán a los
empleados dedicados a este servicio de carnés de identidad,
con fotografía. La negativa a facilitar la entrada en horas
hábiles a persona autorizada por la empresa para efectuar
dichas comprobaciones se justificará mediante la presencia
de un agente de la autoridad al sólo efecto de que sea
testigo de la negativa, en los casos en que no sea posible lograr
su presencia, bastará la justificación mediante
dos testigos.