Siempre que sea necesario efectuar una instalación que no se ajuste exactamente a estas normas, deberá solicitarse a la Delegación Provincial del Ministerio de Industria, acompañando la documentación técnica correspondiente realizada y firmada por técnico superior competente. En su Memoria técnica se justificará la imposibilidad de ajustarse a estas repetidas normas.
En este supuesto no podrá iniciarse el suministro de gas sin haber sido previamente concedida la autorización solicitada y construida la instalación conforme a lo dispuesto en dicha autorización.
La autorización a que se refiere el
párrafo anterior será concedida por la Delegación
Provincial del Ministerio de Industria, previo informe de la Delegación
Provincial del Ministerio de la Vivienda.